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  Economía  Incop acusa a Aduanas de encarecer costos en Caldera y de generar mayores tiempos de espera
Economía

Incop acusa a Aduanas de encarecer costos en Caldera y de generar mayores tiempos de espera

10 de junio de 2025
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El Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop) acusa a la Dirección General de Aduanas de haber generado un “incremento significativo en los costos económicos para los usuarios, así como mayores tiempos de espera para el retiro de la carga de la terminal”.

El Incop indica que una disposición de Aduanas emitida en febrero anterior afectó la eficiencia operativa de la instalación y la competitividad logística del puerto.

Según una reciente resolución de la Presidencia Ejecutiva del Incop el hecho de haber aplicado la orden de Aduanas “ha generado efectos adversos en la operación portuaria, manifestados en mayores costos logísticos para los usuarios y mayores tiempos de espera para el retiro de la carga”.

“Ha impactado negativamente en la capacidad de gestión de la terminal y la fluidez en el despacho de mercancías”, dice una resolución del 5 de junio anterior firmada por el presidente de Incop, Wagner Quesada Céspedes.

OBSERVE MÁS: Directriz que giró Aduanas podría generar largas filas de espera en Puerto Caldera, una terminal que ya está congestionada

Aduanas echa para atrás con su medida

La directriz girada por Aduanas obligaba a despachar directamente desde el puerto los contenedores que se habían pre-registrado, a través de la aplicación del ‘pre-stacking’.

Mediante esta forma de operar, los usuarios hacen algunos registros y procesos aduaneros y portuarios de forma previa. Cuando la carga llegaba esta era llevaba a estacionamientos transitorios. Sin embargo, la orden de Aduanas era que se tenía que hacer un despacho directo.

Según Incop esto generó una “pérdida de utilidad del pre-stacking, toda vez que su aplicación quedaba restringida únicamente a una porción de la carga, limitando su impacto operativo”.

La Sociedad Portuaria de Caldera (SPC), administradora de la terminal, había advertido que la resolución MH-DGA-RES-0246-2025 (de febrero del 2025) “traerá consigo importantes desafíos operativos para el puerto, el cual ya presenta un alto índice de congestión”.

El pasado 2 de junio, cuatro meses después, la Dirección General de Aduanas dejó sin efecto su primera resolución, la de febrero anterior, dice un documento firmado por el director general de Aduanas, Juan Carlos Gómez Sánchez.

En la resolución del 2 de junio (que deja sin efecto la de febrero) la Dirección de Aduanas reconoce que el manejo de las unidades de transporte y sus cargas dentro del Puerto de caldera es un tema “eminentemente portuario, cuya operación y gestión es efectuada por la SPC”.

Incop: había evidencia de que las medidas ayudan a descongestionar el puerto 

El 5 de junio el presidente ejecutivo de Incop emitió la directriz en la que establece la obligatoriedad en el uso de los estacionamientos transitorios bajo control aduanero. También establece la asignación de ventanas de tiempo durante los días de la semana para el retiro de carga. De esta forma, se vuelve al estado en el que se estaba antes de la orden de Aduanas.

En el documento firmado por Wagner Quesada se señala que hay un criterio técnico que desde el año 2021 recomendó la obligatoriedad del sistema de despacho programado para reducir la saturación portuaria.

El instituto señala que el despacho a lo interno de la terminal debe hacerse según lo establecido en sus regulaciones, “con el propósito de optimizar la ocupación de los patios de la terminal portuaria”.

La misma resolución indica que están exceptuados de dicha disposición:

  • IMO (mercancías peligrosas)
  • refrigeradoras
  • cargas sobredimensionadas (se mantendrán en la terminal portuaria para su despacho directo)

Para Incop, la reciente resolución de Aduanas en la que echa para atrás con su primera orden confirma que la gestión de las unidades de transporte y sus respectivas cargas dentro del Puerto constituye un aspecto portuario.

“En ese sentido, corresponde al Incop, en su calidad de autoridad portuaria competente, la administración y regulación de la actividad portuaria en los puertos del litoral Pacífico”, señala la presidencia del instituto.

El incremento en los costos y en el tiempo de espera que generó esta medida se suma a los sobrecostos que ya paga el sector empresarial por el uso de esta terminal, que reporta altos índices de ocupación. 

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Este medio solicitó una reacción a la Dirección General de Aduanas sobre los señalamientos que hace Incop. Sin embargo, al cierre de esta nota no había una respuesta al respecto.

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 Directriz emitida por Aduanas generaron efectos adversos en el Puerto de Caldera, donde ya hay dificultades de tránsito.
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El Incop indica que una disposición de Aduanas emitida en febrero anterior afectó la eficiencia operativa de la instalación y la competitividad logística del puerto.

Según una reciente resolución de la Presidencia Ejecutiva del Incop el hecho de haber aplicado la orden de Aduanas “ha generado efectos adversos en la operación portuaria, manifestados en mayores costos logísticos para los usuarios y mayores tiempos de espera para el retiro de la carga”.

“Ha impactado negativamente en la capacidad de gestión de la terminal y la fluidez en el despacho de mercancías”, dice una resolución del 5 de junio anterior firmada por el presidente de Incop, Wagner Quesada Céspedes.

OBSERVE MÁS: Directriz que giró Aduanas podría generar largas filas de espera en Puerto Caldera, una terminal que ya está congestionada

Aduanas echa para atrás con su medida

La directriz girada por Aduanas obligaba a despachar directamente desde el puerto los contenedores que se habían pre-registrado, a través de la aplicación del ‘pre-stacking’.

Mediante esta forma de operar, los usuarios hacen algunos registros y procesos aduaneros y portuarios de forma previa. Cuando la carga llegaba esta era llevaba a estacionamientos transitorios. Sin embargo, la orden de Aduanas era que se tenía que hacer un despacho directo.

Según Incop esto generó una “pérdida de utilidad del pre-stacking, toda vez que su aplicación quedaba restringida únicamente a una porción de la carga, limitando su impacto operativo”.

La Sociedad Portuaria de Caldera (SPC), administradora de la terminal, había advertido que la resolución MH-DGA-RES-0246-2025 (de febrero del 2025) “traerá consigo importantes desafíos operativos para el puerto, el cual ya presenta un alto índice de congestión”.

El pasado 2 de junio, cuatro meses después, la Dirección General de Aduanas dejó sin efecto su primera resolución, la de febrero anterior, dice un documento firmado por el director general de Aduanas, Juan Carlos Gómez Sánchez.

En la resolución del 2 de junio (que deja sin efecto la de febrero) la Dirección de Aduanas reconoce que el manejo de las unidades de transporte y sus cargas dentro del Puerto de caldera es un tema “eminentemente portuario, cuya operación y gestión es efectuada por la SPC”.

Incop: había evidencia de que las medidas ayudan a descongestionar el puerto 

El 5 de junio el presidente ejecutivo de Incop emitió la directriz en la que establece la obligatoriedad en el uso de los estacionamientos transitorios bajo control aduanero. También establece la asignación de ventanas de tiempo durante los días de la semana para el retiro de carga. De esta forma, se vuelve al estado en el que se estaba antes de la orden de Aduanas.

En el documento firmado por Wagner Quesada se señala que hay un criterio técnico que desde el año 2021 recomendó la obligatoriedad del sistema de despacho programado para reducir la saturación portuaria.

El instituto señala que el despacho a lo interno de la terminal debe hacerse según lo establecido en sus regulaciones, “con el propósito de optimizar la ocupación de los patios de la terminal portuaria”.

La misma resolución indica que están exceptuados de dicha disposición:

  • IMO (mercancías peligrosas)
  • refrigeradoras
  • cargas sobredimensionadas (se mantendrán en la terminal portuaria para su despacho directo)

Para Incop, la reciente resolución de Aduanas en la que echa para atrás con su primera orden confirma que la gestión de las unidades de transporte y sus respectivas cargas dentro del Puerto constituye un aspecto portuario.

“En ese sentido, corresponde al Incop, en su calidad de autoridad portuaria competente, la administración y regulación de la actividad portuaria en los puertos del litoral Pacífico”, señala la presidencia del instituto.

El incremento en los costos y en el tiempo de espera que generó esta medida se suma a los sobrecostos que ya paga el sector empresarial por el uso de esta terminal, que reporta altos índices de ocupación. 

Este medio solicitó una reacción a la Dirección General de Aduanas sobre los señalamientos que hace Incop. Sin embargo, al cierre de esta nota no había una respuesta al respecto.

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