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  Nacional  Denuncian a ministro de Ambiente por irregularidades en proyecto Puket en Gandoca-Manzanillo
Nacional

Denuncian a ministro de Ambiente por irregularidades en proyecto Puket en Gandoca-Manzanillo

12 de junio de 2025
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San José, 12 Jun (Elpaís.cr).- El Fiscal General de la República, Carlo Díaz Sánchez, recibió una solicitud formal para que se investigue penalmente y se inhabilite de manera inmediata al actual Ministro de Ambiente y Energía, Dr. Franz Tattenbach Capra, por su presunta responsabilidad en delitos de prevaricato, corrupción y favorecimiento indebido en perjuicio del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, un área protegida y sitio Ramsar de importancia internacional, ubicado en el cantón de Talamanca, provincia de Limón.

La solicitud fue presentada por el abogado ambientalista Marco Levy Virgo, ciudadano y representante de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, con base en el expediente penal 23-000041-0611-PE.

El denunciante exige que se inicie una indagatoria formal y que se impongan medidas cautelares contra el jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), por considerar que sus acciones han favorecido de forma irregular al cuestionado proyecto inmobiliario Puket, promovido dentro de los límites del área protegida.

Proyecto inmobiliario en zona Ramsar

El Refugio Gandoca-Manzanillo fue declarado sitio Ramsar n.º 783 en 1995, lo que le confiere un estatus especial de protección bajo la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional. Esta área resguarda ecosistemas frágiles como bosques anegados y manglares, así como especies indicadoras como el yolillo, el sangrillo y el cativo.

Además, protege el acuífero Sixaola, un recurso hídrico vital para las comunidades locales y la biodiversidad.

La denuncia argumenta que la Directriz 09-2023, firmada por el ministro Tattenbach, abrió la puerta a desarrollos urbanísticos en zonas ambientalmente sensibles del refugio, sin una adecuada evaluación de impactos acumulativos.

Uno de estos proyectos es Puket, promovido por Inversiones Puket S.A., empresa que ya había sido señalada por el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) en un informe de 2011 por causar graves daños ambientales en la zona.

El documento citado, TAA-DT-0048-011, describe un historial de violaciones ambientales, incluyendo tala ilegal, eliminación del sotobosque, alteración del régimen hidrológico mediante zanjas de drenaje, y construcción de infraestructura no autorizada en terrenos que forman parte del patrimonio natural del Estado.

Favorecimiento indebido y omisiones

Según el escrito dirigido al Fiscal General, el Dr. Tattenbach habría incurrido en prevaricato al emitir una directriz contraria a la legislación ambiental, favoreciendo intereses privados por encima del interés público.

Asimismo, se le acusa de omisión dolosa al no actuar frente a las irregularidades ambientales previas en el mismo sitio, a pesar de tener pleno conocimiento del caso.

“La Directriz 09-2023 facilita desarrollos inmobiliarios en áreas protegidas sin evaluar sus consecuencias, lo que constituye una omisión grave y una posible conducta delictiva”, señala Marco Levy.

Añade que la falta de cuantificación del daño ambiental es especialmente alarmante y representa una transgresión al principio precautorio consagrado en la legislación nacional e internacional.

Entre las irregularidades detalladas, se incluye la construcción ilegal de una vivienda, el fraccionamiento del terreno para venta de lotes, y la conversión de ecosistemas boscosos en potreros, todo ello dentro de una propiedad estatal localizada en la zona marítimo-terrestre y bajo protección del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Delitos ambientales y daño irreparable

El denunciante advierte que las acciones del Ministro podrían estar tipificadas en los artículos 274 al 278 de la Ley Orgánica del Ambiente, así como en los artículos 347 al 357 del Código Penal, referentes a corrupción y prevaricato. Además, subraya que los actos u omisiones del jerarca han causado daños “de difícil o imposible reparación” al ecosistema del sitio Ramsar.

El informe del TAA también describe cómo el uso de especies exóticas y la alteración del terreno afectan la funcionalidad ecológica del humedal, lo que pone en riesgo la salud del acuífero Sixaola. La intervención de esta fuente de agua se considera especialmente delicada, dado su papel crucial en el equilibrio ambiental de la región y en el abastecimiento de comunidades locales.

“Resulta inadmisible que un área con múltiples niveles de protección —como bosque, área silvestre protegida, zona marítimo-terrestre y sitio Ramsar— esté siendo transformada sin intervención efectiva de las autoridades”, enfatizó Levy.

Peticiones formales al Ministerio Público

La denuncia incluye una serie de solicitudes dirigidas a la Fiscalía General de la República, entre las que se encuentran:

  1. Indagatoria formal contra el Dr. Franz Tattenbach por presuntos delitos de prevaricato, corrupción y daño ambiental.

  2. Inhabilitación temporal como medida cautelar, para evitar que continúe en el cargo mientras avanza la investigación.

  3. Suspensión inmediata de todas las actividades relacionadas con el proyecto inmobiliario Puket en las propiedades bajo los planos catastrales 7-140813-93 y 7-148973-93.

  4. Evaluación de la legalidad de la Directriz 09-2023 y su eventual revocatoria.

  5. Sanción a las irregularidades ambientales descritas en el informe TAA-DT-0048-011.

  6. Implementación de un plan de restauración ambiental en las 9.1 hectáreas afectadas.

  7. Protección específica del acuífero Sixaola, con prohibición de actividades que alteren su integridad.

  8. Notificación al Secretariado de Ramsar sobre la amenaza al sitio n.º 783.

  9. Transparencia procesal, incluyendo la publicación de un informe detallado sobre el estado del expediente penal.

Marco legal e internacional

El documento invoca el principio de precaución ambiental, respaldado por la Declaración de Río de 1992, la Ley Orgánica del Ambiente (N.º 7554), la Ley de Biodiversidad (N.º 7788) y la propia Convención Ramsar. Este principio obliga a las autoridades a actuar con cautela ante riesgos ambientales, incluso en ausencia de certeza científica absoluta.

Asimismo, se recuerda que la Constitución Política de Costa Rica, en su artículo 50, establece el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y que es deber del Estado velar por su conservación. El artículo 11 también impone a la Fiscalía la obligación de perseguir los delitos que lesionen el interés público.

“La protección del sitio Gandoca-Manzanillo no es solo un deber legal, sino un compromiso moral con las futuras generaciones. Si permitimos que intereses privados destruyan este humedal, sentamos un precedente nefasto que amenaza todo el sistema de áreas protegidas del país”, sostuvo el denunciante.

Contexto político y ambiental

Esta denuncia se presenta en un contexto de creciente tensión entre grupos ambientalistas y el actual gobierno, al que se le acusa de promover políticas de flexibilización ambiental para favorecer proyectos turísticos e inmobiliarios, especialmente en zonas costeras y rurales.

La Directriz 09-2023 ha sido criticada desde su publicación por diversos sectores académicos y ecologistas, que advierten sobre sus posibles implicaciones para la protección del patrimonio natural.

De confirmarse las denuncias, el caso podría convertirse en un hito judicial en materia de responsabilidad penal de jerarcas ambientales por omisiones y decisiones administrativas contrarias al interés público. Además, pondría a prueba el compromiso de Costa Rica con los tratados internacionales que ha suscrito en materia de conservación.

Llamado a la acción

Finalmente, el documento concluye con un llamado enfático al Fiscal General para que actúe con urgencia y contundencia. “Confío en que la Fiscalía General de la República actuará con el rigor necesario para detener esta amenaza y asegurar la rendición de cuentas”, manifiesta Levy en su cierre.

A la fecha, no ha trascendido una respuesta oficial del Ministerio Público ni del propio Dr. Franz Tattenbach sobre esta denuncia.

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No obstante, sectores de la sociedad civil ya han empezado a organizar acciones de vigilancia y protesta en defensa del sitio Ramsar Gandoca-Manzanillo, considerado una joya ecológica del Caribe costarricense.

 San José, 12 Jun (Elpaís.cr).- El Fiscal General de la República, Carlo Díaz Sánchez, recibió una solicitud formal para que se investigue penalmente y se inhabilite de manera inmediata al actual Ministro de Ambiente y Energía, Dr. Franz Tattenbach Capra, por su presunta responsabilidad en delitos de prevaricato, corrupción y favorecimiento indebido en perjuicio del  

San José, 11 Jun (Elpaís.cr).- El Fiscal General de la República, Carlo Díaz Sánchez, recibió una solicitud formal para que se investigue penalmente y se inhabilite de manera inmediata al actual Ministro de Ambiente y Energía, Dr. Franz Tattenbach Capra, por su presunta responsabilidad en delitos de prevaricato, corrupción y favorecimiento indebido en perjuicio del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, un área protegida y sitio Ramsar de importancia internacional, ubicado en el cantón de Talamanca, provincia de Limón.

La solicitud fue presentada por el abogado ambientalista Marco Levy Virgo, ciudadano y representante de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, con base en el expediente penal 23-000041-0611-PE.

El denunciante exige que se inicie una indagatoria formal y que se impongan medidas cautelares contra el jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), por considerar que sus acciones han favorecido de forma irregular al cuestionado proyecto inmobiliario Puket, promovido dentro de los límites del área protegida.

Proyecto inmobiliario en zona Ramsar

El Refugio Gandoca-Manzanillo fue declarado sitio Ramsar n.º 783 en 1995, lo que le confiere un estatus especial de protección bajo la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional. Esta área resguarda ecosistemas frágiles como bosques anegados y manglares, así como especies indicadoras como el yolillo, el sangrillo y el cativo.

Además, protege el acuífero Sixaola, un recurso hídrico vital para las comunidades locales y la biodiversidad.

La denuncia argumenta que la Directriz 09-2023, firmada por el ministro Tattenbach, abrió la puerta a desarrollos urbanísticos en zonas ambientalmente sensibles del refugio, sin una adecuada evaluación de impactos acumulativos.

Uno de estos proyectos es Puket, promovido por Inversiones Puket S.A., empresa que ya había sido señalada por el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) en un informe de 2011 por causar graves daños ambientales en la zona.

El documento citado, TAA-DT-0048-011, describe un historial de violaciones ambientales, incluyendo tala ilegal, eliminación del sotobosque, alteración del régimen hidrológico mediante zanjas de drenaje, y construcción de infraestructura no autorizada en terrenos que forman parte del patrimonio natural del Estado.

Favorecimiento indebido y omisiones

Según el escrito dirigido al Fiscal General, el Dr. Tattenbach habría incurrido en prevaricato al emitir una directriz contraria a la legislación ambiental, favoreciendo intereses privados por encima del interés público.

Asimismo, se le acusa de omisión dolosa al no actuar frente a las irregularidades ambientales previas en el mismo sitio, a pesar de tener pleno conocimiento del caso.

“La Directriz 09-2023 facilita desarrollos inmobiliarios en áreas protegidas sin evaluar sus consecuencias, lo que constituye una omisión grave y una posible conducta delictiva”, señala Marco Levy.

Añade que la falta de cuantificación del daño ambiental es especialmente alarmante y representa una transgresión al principio precautorio consagrado en la legislación nacional e internacional.

Entre las irregularidades detalladas, se incluye la construcción ilegal de una vivienda, el fraccionamiento del terreno para venta de lotes, y la conversión de ecosistemas boscosos en potreros, todo ello dentro de una propiedad estatal localizada en la zona marítimo-terrestre y bajo protección del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Delitos ambientales y daño irreparable

El denunciante advierte que las acciones del Ministro podrían estar tipificadas en los artículos 274 al 278 de la Ley Orgánica del Ambiente, así como en los artículos 347 al 357 del Código Penal, referentes a corrupción y prevaricato. Además, subraya que los actos u omisiones del jerarca han causado daños “de difícil o imposible reparación” al ecosistema del sitio Ramsar.

El informe del TAA también describe cómo el uso de especies exóticas y la alteración del terreno afectan la funcionalidad ecológica del humedal, lo que pone en riesgo la salud del acuífero Sixaola. La intervención de esta fuente de agua se considera especialmente delicada, dado su papel crucial en el equilibrio ambiental de la región y en el abastecimiento de comunidades locales.

“Resulta inadmisible que un área con múltiples niveles de protección —como bosque, área silvestre protegida, zona marítimo-terrestre y sitio Ramsar— esté siendo transformada sin intervención efectiva de las autoridades”, enfatizó Levy.

Peticiones formales al Ministerio Público

La denuncia incluye una serie de solicitudes dirigidas a la Fiscalía General de la República, entre las que se encuentran:

  1. Indagatoria formal contra el Dr. Franz Tattenbach por presuntos delitos de prevaricato, corrupción y daño ambiental.

  2. Inhabilitación temporal como medida cautelar, para evitar que continúe en el cargo mientras avanza la investigación.

  3. Suspensión inmediata de todas las actividades relacionadas con el proyecto inmobiliario Puket en las propiedades bajo los planos catastrales 7-140813-93 y 7-148973-93.

  4. Evaluación de la legalidad de la Directriz 09-2023 y su eventual revocatoria.

  5. Sanción a las irregularidades ambientales descritas en el informe TAA-DT-0048-011.

  6. Implementación de un plan de restauración ambiental en las 9.1 hectáreas afectadas.

  7. Protección específica del acuífero Sixaola, con prohibición de actividades que alteren su integridad.

  8. Notificación al Secretariado de Ramsar sobre la amenaza al sitio n.º 783.

  9. Transparencia procesal, incluyendo la publicación de un informe detallado sobre el estado del expediente penal.

Marco legal e internacional

El documento invoca el principio de precaución ambiental, respaldado por la Declaración de Río de 1992, la Ley Orgánica del Ambiente (N.º 7554), la Ley de Biodiversidad (N.º 7788) y la propia Convención Ramsar. Este principio obliga a las autoridades a actuar con cautela ante riesgos ambientales, incluso en ausencia de certeza científica absoluta.

Asimismo, se recuerda que la Constitución Política de Costa Rica, en su artículo 50, establece el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y que es deber del Estado velar por su conservación. El artículo 11 también impone a la Fiscalía la obligación de perseguir los delitos que lesionen el interés público.

“La protección del sitio Gandoca-Manzanillo no es solo un deber legal, sino un compromiso moral con las futuras generaciones. Si permitimos que intereses privados destruyan este humedal, sentamos un precedente nefasto que amenaza todo el sistema de áreas protegidas del país”, sostuvo el denunciante.

Contexto político y ambiental

Esta denuncia se presenta en un contexto de creciente tensión entre grupos ambientalistas y el actual gobierno, al que se le acusa de promover políticas de flexibilización ambiental para favorecer proyectos turísticos e inmobiliarios, especialmente en zonas costeras y rurales.

La Directriz 09-2023 ha sido criticada desde su publicación por diversos sectores académicos y ecologistas, que advierten sobre sus posibles implicaciones para la protección del patrimonio natural.

De confirmarse las denuncias, el caso podría convertirse en un hito judicial en materia de responsabilidad penal de jerarcas ambientales por omisiones y decisiones administrativas contrarias al interés público. Además, pondría a prueba el compromiso de Costa Rica con los tratados internacionales que ha suscrito en materia de conservación.

Llamado a la acción

Finalmente, el documento concluye con un llamado enfático al Fiscal General para que actúe con urgencia y contundencia. “Confío en que la Fiscalía General de la República actuará con el rigor necesario para detener esta amenaza y asegurar la rendición de cuentas”, manifiesta Levy en su cierre.

A la fecha, no ha trascendido una respuesta oficial del Ministerio Público ni del propio Dr. Franz Tattenbach sobre esta denuncia.

No obstante, sectores de la sociedad civil ya han empezado a organizar acciones de vigilancia y protesta en defensa del sitio Ramsar Gandoca-Manzanillo, considerado una joya ecológica del Caribe costarricense.

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