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  Opinión  El Caso de Palestina, apelación a las Naciones Unidas
Opinión

El Caso de Palestina, apelación a las Naciones Unidas

7 de junio de 2025
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Israel ha impuesto -desde el año 1947 y de forma reiterada hasta la actualidad- su dominio sobre la tierra de los palestinos, a los que ha condenado a malvivir, extrayéndoles su libertad y en muchos casos sus vidas, hasta el extremo de devenir un genocidio, haciendo uso de la violencia, la fuerza y ​​la persuasión con el apoyo de los Estados Unidos de América y la complicidad de Occidente, en contra del espíritu de la Carta de las Naciones Unidas de 1945 que rige el derecho internacional contemporáneo, que tiene por objetivo conseguir la paz y velar por ella, la calidad de vida y el progreso de todos los pueblos del mundo sin distinciones, bajo el principio fundamental de la cooperación internacional y el reconocimiento mutuo.

Debido al recelo de las fuerzas victoriosas de la Segunda Guerra Mundial, se estableció el derecho de los Estados Unidos de América, el Reino Unido, la entonces Unión Soviética (hoy Rusia) y China, con la incorporación posterior de Francia (y por defecto la Unión Europea), a actuar al margen de los acuerdos de la citada Carta de 1945, otorgándoles el derecho de ser miembros permanentes en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, donde tienen la potestad de ejercer el derecho de veto (y por defecto actuar impunemente) desautorizando los acuerdos establecidos por el resto de miembros integrantes de la Organización de las Naciones Unidas.

La creación de esta institución ha facilitado el proceso de descolonización parcial del sistema colonial europeo, pero no se ha completado por completo debido a las relaciones de poder desigual que han persistido, convirtiéndose en una norma inherente al derecho internacional que crea marginación, vulnerabilidad, opresión, inseguridad y violencia. El derecho a la libre determinación de los pueblos por medios pacíficos que enmarca la idea principal de la Carta de las Naciones Unidas, en su artículo primero y sucesivos, se ha supeditado a la voluntad de los poderes dominantes, interpretándose de forma condicionada, y arbitraria. Un ejemplo claro es cuando se otorgó este derecho a los países subyugados por la Unión Soviética, en 1991, pero no para reconocer la voluntad de autonomía e independencia del pueblo ruso en el actual Estado de Ucrania. Pero, quizá el caso más evidente, y cruel -a los ojos al menos de Occidente- es la impunidad con la que el actual Estado de Israel perpetra un genocidio al pueblo palestino negando su derecho a existir y a la tutela de un derecho internacional justo que pueda evitarlo. Sin embargo, hay que añadir el caso de los pueblos que han apoyado y/o dado cobijo al pueblo palestino, como el Líbano e Irán, pero también a los pueblos y estados de Oriente Medio y el norte de África que han incomodado a los poderes occidentales dominantes, como el caso de Irak, Siria, Afganistán, Líbano, Egipto, etcétera, desde el momento que se han interpuesto a sus intereses estratégicos. Pero también hay que añadir el caso del pulso por el dominio de las tierras y el capital de otros pueblos, codiciados por intereses ajenos, que también han sufrido las consecuencias de este vacío del derecho y la justicia internacional, como los pueblos kurdo, tibetano, saharaui y otros, sin olvidar las consecuencias directas e indirectas relacionadas con formas de extracción post-colonial, en estados artificiales en litigio por parte de sus propios pueblos, que han sufrido múltiples guerras civiles y/o entre vecinos y, también, la injerencia no reconocida de fuerzas ajenas para imponer cambios de régimen alimentando a la rebelión civil y/o militar cuando les ha convenido. Este patrón ha afectado y sigue haciéndolo de forma relevante a África y a América Latina y el Caribe, en convivencia con un pasado colonial cruel y violento con pueblos originarios que han sufrido y siguen sufriendo el dominio colonial y post-colonial. Pero estas prácticas afectan y siguen afectando también al resto de América, de Asia y a Oceanía, así como de forma no suficientemente reconocida en ciertos pueblos europeos en situación de vulnerabilidad. El abanico de situaciones de abuso, desprecio y corrupción es extenso, y, de hecho, incluye el caso de la represión española-castellana sobre los pueblos y lenguas vasca y catalana, de forma evidente desde el momento en que el estado opresor se proclama con el derecho de conspirar contra el surgimiento de las voluntades catalana y vasca y de condenarlas impunemente, desautorizando la observancia internacional y haciendo uso y abuso del totalitarismo y el autoritarismo público e institucional sin complejos.

El establecimiento de un derecho internacional contemporáneo condicionado para unos y un derecho paralelo que lo condiciona por parte de otros, es una estrategia diseñada para mantener relaciones de dominio, lo que ha permitido que Israel y otros estados o intereses geopolíticos y/o ideológicos dominantes hayan ejercido formas de opresión, de agresión, crímenes de guerra y genocidio impunemente, en un contexto global marcado por la manipulación de la información, la amenaza permanente y las relaciones de poder corrupto y violento entre formas de gobierno aparentemente razonables que trabajan de forma honesta y comprometida.

Israel, a través de su capacidad de influencia y control de las fuerzas económicas, políticas y militares de los Estados Unidos de América y de otros países y fuerzas de Occidente, se ha aprovechado del vacío legal del derecho internacional que expresa la incapacidad de disciplinar y sentenciar a quienes incumplen el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas y atentan contra los derechos de otros pueblos para establecerse en la tierra de los palestinos, a los que ha expulsado y ha condenado a no tener el derecho a existir al margen de su idea de Israel, alegando a los derechos bíblicos que se remontan a un pasado de milenios y a su condición de pueblo oprimido sin nación, después de los hechos del holocausto de la Segunda Guerra Mundial.

Por las razones citadas, y para poner fin a la deplorable situación que la imposición del Estado de Israel ha causado y tiende a seguir causando en la tierra palestina y en todo su entorno árabe, extensible a fenómenos de similar, igual o incluso más gravedad ocurridos sobre otros pueblos y territorios del mundo, con la esperanza de que la Carta de las Naciones Unidas sea fiel a su espíritu original y plenamente efectiva, de modo que la voluntad internacional haga realidad un gobierno justo y pacífico, próspero y equitativo por la paz, la salud y el bien común de todos los pueblos del mundo y el cuidado de la naturaleza de forma responsable, proclamo:

  1. QUE se ponga fin al desigual derecho internacional contemporáneo que permite ejercer la violencia impune a los estados miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con derecho a veto, así como en los demás estados que abusan de esta situación, que incluya un pacto universal para conceder el derecho a existir, a tener voz y tierra propia a todos los pueblos del mundo con una historia, una cultura y una lengua propias.
  2. QUE la comunidad internacional reconozca al pueblo palestino y su derecho a ejercer la libre determinación, al amparo de una Organización de las Naciones Unidas plural y plenamente efectiva, que incluya una compensación por parte de Israel, los Estados Unidos de América y Occidente al pueblo palestino y a toda la comunidad árabe que ha sufrido daños físicos y morales por el hecho de haberles dado apoyo en su lucha, defenderlos y protegerlos.
  3. QUE se resuelva el litigio Israel-Palestina y se ponga fin al genocidio y al actual estado de violencia y extensión del conflicto en Oriente Medio reconociendo a ambos Estados en los términos propuestos por la ONU en 1947, que incluya una compensación justa a los palestinos del Estado de Palestina, por las tierras entregadas al Estado de Israel.

Barcelona, 7 de junio de 2025.

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5 de junio de 2025

(*) Andreu Marfull Pujadas, Profesor en Planificación y Geografía Urbana a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, México

 Israel ha impuesto -desde el año 1947 y de forma reiterada hasta la actualidad- su dominio sobre la tierra de los palestinos, a los que ha condenado a malvivir, extrayéndoles su libertad y en muchos casos sus vidas, hasta el extremo de devenir un genocidio, haciendo uso de la violencia, la fuerza y ​​la persuasión  

Banderas de Palestina. Archivo

Israel ha impuesto -desde el año 1947 y de forma reiterada hasta la actualidad- su dominio sobre la tierra de los palestinos, a los que ha condenado a malvivir, extrayéndoles su libertad y en muchos casos sus vidas, hasta el extremo de devenir un genocidio, haciendo uso de la violencia, la fuerza y ​​la persuasión con el apoyo de los Estados Unidos de América y la complicidad de Occidente, en contra del espíritu de la Carta de las Naciones Unidas de 1945 que rige el derecho internacional contemporáneo, que tiene por objetivo conseguir la paz y velar por ella, la calidad de vida y el progreso de todos los pueblos del mundo sin distinciones, bajo el principio fundamental de la cooperación internacional y el reconocimiento mutuo.

Debido al recelo de las fuerzas victoriosas de la Segunda Guerra Mundial, se estableció el derecho de los Estados Unidos de América, el Reino Unido, la entonces Unión Soviética (hoy Rusia) y China, con la incorporación posterior de Francia (y por defecto la Unión Europea), a actuar al margen de los acuerdos de la citada Carta de 1945, otorgándoles el derecho de ser miembros permanentes en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, donde tienen la potestad de ejercer el derecho de veto (y por defecto actuar impunemente) desautorizando los acuerdos establecidos por el resto de miembros integrantes de la Organización de las Naciones Unidas.

La creación de esta institución ha facilitado el proceso de descolonización parcial del sistema colonial europeo, pero no se ha completado por completo debido a las relaciones de poder desigual que han persistido, convirtiéndose en una norma inherente al derecho internacional que crea marginación, vulnerabilidad, opresión, inseguridad y violencia. El derecho a la libre determinación de los pueblos por medios pacíficos que enmarca la idea principal de la Carta de las Naciones Unidas, en su artículo primero y sucesivos, se ha supeditado a la voluntad de los poderes dominantes, interpretándose de forma condicionada, y arbitraria. Un ejemplo claro es cuando se otorgó este derecho a los países subyugados por la Unión Soviética, en 1991, pero no para reconocer la voluntad de autonomía e independencia del pueblo ruso en el actual Estado de Ucrania. Pero, quizá el caso más evidente, y cruel -a los ojos al menos de Occidente- es la impunidad con la que el actual Estado de Israel perpetra un genocidio al pueblo palestino negando su derecho a existir y a la tutela de un derecho internacional justo que pueda evitarlo. Sin embargo, hay que añadir el caso de los pueblos que han apoyado y/o dado cobijo al pueblo palestino, como el Líbano e Irán, pero también a los pueblos y estados de Oriente Medio y el norte de África que han incomodado a los poderes occidentales dominantes, como el caso de Irak, Siria, Afganistán, Líbano, Egipto, etcétera, desde el momento que se han interpuesto a sus intereses estratégicos. Pero también hay que añadir el caso del pulso por el dominio de las tierras y el capital de otros pueblos, codiciados por intereses ajenos, que también han sufrido las consecuencias de este vacío del derecho y la justicia internacional, como los pueblos kurdo, tibetano, saharaui y otros, sin olvidar las consecuencias directas e indirectas relacionadas con formas de extracción post-colonial, en estados artificiales en litigio por parte de sus propios pueblos, que han sufrido múltiples guerras civiles y/o entre vecinos y, también, la injerencia no reconocida de fuerzas ajenas para imponer cambios de régimen alimentando a la rebelión civil y/o militar cuando les ha convenido. Este patrón ha afectado y sigue haciéndolo de forma relevante a África y a América Latina y el Caribe, en convivencia con un pasado colonial cruel y violento con pueblos originarios que han sufrido y siguen sufriendo el dominio colonial y post-colonial. Pero estas prácticas afectan y siguen afectando también al resto de América, de Asia y a Oceanía, así como de forma no suficientemente reconocida en ciertos pueblos europeos en situación de vulnerabilidad. El abanico de situaciones de abuso, desprecio y corrupción es extenso, y, de hecho, incluye el caso de la represión española-castellana sobre los pueblos y lenguas vasca y catalana, de forma evidente desde el momento en que el estado opresor se proclama con el derecho de conspirar contra el surgimiento de las voluntades catalana y vasca y de condenarlas impunemente, desautorizando la observancia internacional y haciendo uso y abuso del totalitarismo y el autoritarismo público e institucional sin complejos.

El establecimiento de un derecho internacional contemporáneo condicionado para unos y un derecho paralelo que lo condiciona por parte de otros, es una estrategia diseñada para mantener relaciones de dominio, lo que ha permitido que Israel y otros estados o intereses geopolíticos y/o ideológicos dominantes hayan ejercido formas de opresión, de agresión, crímenes de guerra y genocidio impunemente, en un contexto global marcado por la manipulación de la información, la amenaza permanente y las relaciones de poder corrupto y violento entre formas de gobierno aparentemente razonables que trabajan de forma honesta y comprometida.

Israel, a través de su capacidad de influencia y control de las fuerzas económicas, políticas y militares de los Estados Unidos de América y de otros países y fuerzas de Occidente, se ha aprovechado del vacío legal del derecho internacional que expresa la incapacidad de disciplinar y sentenciar a quienes incumplen el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas y atentan contra los derechos de otros pueblos para establecerse en la tierra de los palestinos, a los que ha expulsado y ha condenado a no tener el derecho a existir al margen de su idea de Israel, alegando a los derechos bíblicos que se remontan a un pasado de milenios y a su condición de pueblo oprimido sin nación, después de los hechos del holocausto de la Segunda Guerra Mundial.

Por las razones citadas, y para poner fin a la deplorable situación que la imposición del Estado de Israel ha causado y tiende a seguir causando en la tierra palestina y en todo su entorno árabe, extensible a fenómenos de similar, igual o incluso más gravedad ocurridos sobre otros pueblos y territorios del mundo, con la esperanza de que la Carta de las Naciones Unidas sea fiel a su espíritu original y plenamente efectiva, de modo que la voluntad internacional haga realidad un gobierno justo y pacífico, próspero y equitativo por la paz, la salud y el bien común de todos los pueblos del mundo y el cuidado de la naturaleza de forma responsable, proclamo:

  1. QUE se ponga fin al desigual derecho internacional contemporáneo que permite ejercer la violencia impune a los estados miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con derecho a veto, así como en los demás estados que abusan de esta situación, que incluya un pacto universal para conceder el derecho a existir, a tener voz y tierra propia a todos los pueblos del mundo con una historia, una cultura y una lengua propias.
  2. QUE la comunidad internacional reconozca al pueblo palestino y su derecho a ejercer la libre determinación, al amparo de una Organización de las Naciones Unidas plural y plenamente efectiva, que incluya una compensación por parte de Israel, los Estados Unidos de América y Occidente al pueblo palestino y a toda la comunidad árabe que ha sufrido daños físicos y morales por el hecho de haberles dado apoyo en su lucha, defenderlos y protegerlos.
  3. QUE se resuelva el litigio Israel-Palestina y se ponga fin al genocidio y al actual estado de violencia y extensión del conflicto en Oriente Medio reconociendo a ambos Estados en los términos propuestos por la ONU en 1947, que incluya una compensación justa a los palestinos del Estado de Palestina, por las tierras entregadas al Estado de Israel.

Barcelona, 7 de junio de 2025.

(*) Andreu Marfull Pujadas, Profesor en Planificación y Geografía Urbana a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, México

 Opinión – Diario Digital Nuestro País

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